El sistema registral del automotor fue pionero al situarse a la vanguardia en la prestación del servicio con la implementación de tecnologías. Los días que vivimos nos demandan desafíos novedosos para los cuales la mayoría de los registradores no hemos sido preparados, pero los usuarios del sistema no sólo demandan agilidad, sino que se ha multiplicado y concentrado una serie de funciones que antes no existían o que no eran prestadas por los registros seccionales. La “familia” registral no le escapó jamás al trabajo, todo por el contrario, pero la inmediatez de las operaciones del comercio automotor, la diversidad de metodologías delictivas, y las exigencias cada vez más cotidianas, nos exigen adaptarnos a la cuarta revolución, denominada 4.0, volviendo a ser pioneros en la implementación de tecnologías al servicio del ser humano, necesitamos VOLVER AL FUTURO.
“Ahora mismo vosotros sois lo nuevo, pero algún día no muy lejano seréis los viejos. Y seréis eliminados…La tecnología no es nada. Lo importante es que tengas fe en la gente, que sean básicamente buenos e inteligentes, y si les das herramientas, harán cosas maravillosas…Inventemos el mañana en lugar de preocuparnos sobre qué ocurrió ayer” (Steve Jobs)
INTRODUCCIÓN
En las últimas décadas, la irrupción de las tecnologías digitales no sólo cambio, sino que transformó la manera en que los gobiernos y las personas interactúan, se organizan en la sociedad y en la economía. Pero con la pandemia, todo se aceleró. De la adopción inicial de computadoras y sistemas de comunicación básicos que parecen de un lejano pasado, a la generación precipitada de datos, de incorporación generalizada de dispositivos móviles e inteligencia artificial (IA). Hoy en la palma de nuestras manos, los smartphones han demostrado su potencial efecto disruptivo en nuestra cotidianeidad, en las habituales operaciones internas de los organismos del sector público y su estrategia de diseño y ejecución de políticas y servicios. La revolución 4.0 es una transformación sin precedentes, que excede por completo a lo tecnológico y representa un cambio cultural profundo que atraviesa todas las esferas de la actividad humana, realmente sin discriminación, abarca un cambio cultural profundo que teje nuevos modos de concebir las relaciones sociales y organizacionales, y perfila nuevas identidades y hasta patrones de comportamiento. La transformación digital impacta e interpela a las dependencias estatales en general, pero al sistema registral en particular. Se han generado problemas por la transformación digital nacidos por fuera de la gestión pública, pero que requieren su intervención, siendo imperioso rediseñar el rol del Estado como regulador, proveedor de servicios públicos, promotor de la innovación y garante de la seguridad ciudadana, la brecha digital, y la gobernanza de internet. Pero a su vez se han ocasionado problemas «puertas adentro» como producto de la transformación digital, debiendo incursionarse en el diseño de modelos de gobernanza
superadores de las herencias burocráticas y verticalistas, el novedoso rol de los recursos humanos, el uso de la big data y las relaciones entre tecnología, política y sociedad. La cuestión de la transformación digital, el gran tabú, se ha vuelto un tema que nos atraviesa a todos, producto de la magnitud de su impacto, la extensión de su alcance y la vertiginosidad de su ritmo. Ha conformado un determinado «espíritu de la época», llevando a un tiempo de interconexión global de máquinas pero también de personas. Tiempo de disponibilidad de datos en dimensiones inimaginables, de capacidades para su aprovechamiento inéditas y de automatización, digitalización creciente, fenómenos que se han convertido en variables significativas de nuestra vida. La revolución 4.0 que los designa es mucho más que una revolución tecnológica: incide en la definición de estándares más exigentes para medir la calidad de experiencias y el nivel de los servicios. No se trata de una moda, se trata de admitir la realidad o negarla. El uso de conceptos tales como big data, blockchain, machine learning, IA, IOT, nos alejan cada vez más, de tomar la decisión de zambullirnos en el desafío de integrarnos a la tecnología y no que nos pase por encima o peor aún, que nos deje de lado. Desde ya que es erróneo el antagónico planteo SEGURIDAD JURIDICA versus AVANCE TECNOLOGICO, o SER HUMANO versus MAQUINA. Aprehender asuntos de difícil asimilación y de un gran impacto, ya que la transformación digital constituye un fenómeno a la vez extraño y familiar. Extraño porque comprende mecanismos y patrones de funcionamiento incomprensibles para quienes no somos tecnólogos, pero a la vez familiar, por sus claros impactos y alcances que experimentamos cotidianamente de innumerables maneras. La transformación digital del sector público requiere una transición desde un gobierno electrónico hacia un gobierno digital, de generar un nuevo paradigma de gestión, en donde los conceptos y valores clave vinculados a la nueva administración pública serán: seguridad, calidad, inteligencia, adaptabilidad al cambio, innovación y capacidad de aprendizaje (Carles Ramió (2017). Como operadores y generadores primarios del sistema registral debemos tomar la decisión trascendental de anticiparnos a la futura oleada de transformación digital.
“Para el que no sabe a qué puerto se dirige, no hay ningún viento favorable.”. Eso del 4.0
Desde 1800, experimentamos tres revoluciones industriales: la mecánica del motor a vapor, la innovación de la línea de montaje y la velocidad de la computadora, cada una impulsada por una nueva tecnología disruptiva. Se llamaron «revoluciones» dado que la innovación que las impulsó no solo mejoraba un poco la productividad y la eficiencia, sino que revolucionaba completamente la forma en que se producían los bienes y cómo se hacía el trabajo. Estamos en la Cuarta Revolución, también conocida como 4.0, que lleva al futuro la automatización y la informatización, está potenciada por el Internet de las Cosas Industrial (IIoT) y los sistemas ciberfísicos , lo que hace que todo en su cadena de suministro sea «inteligente». Los distintos organismos del Estado, en varios procesos ya utilizan algunas de estas tecnologías avanzadas, pero todo el potencial de la transformación 4.0 cobra vida cuando se utilizan juntas, cuando se trata de un sistema. Pero lo más importante, independientemente de la autonomía que tengan los sistemas, siempre necesitarán a las personas, en este caso, siempre necesitará a un registrador. Facilitar tecnologías como IA y acceso a datos en tiempo real ayudará para tomar decisiones rápidas y resolver problemas a medida que surgen, garantizando la seguridad jurídica.
1.- UN SISTEMA ACORDE A LOS TIEMPOS QUE VIVIMOS? Claramente que no. Los constantes problemas que nos genera cuando “se cae” SURA, no funciona RENAPER, no funciona alguna jurisdicción de SUGIT o de SUCERP, no podemos ingresar un trámite con TP, entre tantas otras molestias que nos ocasiona la tecnología, nos convence la dura realidad que siempre será mejor el papel. Según la percepción y experiencia vivida, el sistema de turnos ha sido un éxito y para otros un gran dolor de cabeza. Conforme la zona del país en la que se encuentre el registro seccional, la conectividad juega un rol fundamental, así como las posibilidades o limitaciones de los usuarios que generan una brecha digital infranqueable. Pero ello obedece a que se trató de una transformación digital que quedó a mitad de camino, que permitió modificaciones graduales, la co-existencia entre un sistema vetusto y un sistema novedoso. El papel que continúa no sólo engrosando los legajos, sino reforzando el mito que es más seguro.
El Sistema único de registración de automotores (SURA) cumplió una década de funcionamiento el pasado 28 de junio, habiendo reemplazado a INFOAUTO e INFOMOTO (vigente desde 1989). Sin dudas que marcó un antes y un después en el sistema registral. Seguramente que causó dolores de cabeza a registradores y registradoras, y a sus equipos de colaboradores. Pero con el tiempo se notaron las significativas ventajas. Por un lado el reemplazo del título papel por el digital, significó un cambio absoluto que obligó no solo a los registradores sino a los usuarios a tener que adaptarse a esa nueva normalidad, pero al mismo tiempo tener que imprimir la constancia de asignación de títulos. Continuamos firmando un cartón que imprimimos, luego plastificamos para finalmente cortar, constituyendo el instrumento que habilita al uso del automotor o motovehículo, lo cual si bien posee algunos atributos de seguridad, cierto es que se desaprovechan otros medios tecnológicos que podría el sistema brindar (tarjeta con chip donde almacenar determinada información que le permita a las autoridades su lectura). No obstante estar a disposición mediante la aplicación “Mi Argentina” la cédula digital, en los hechos la mayoría del personal de seguridad de las provincias no las admite como válidas si no es acompañada por el cartular. Poseemos en algunas jurisdicciones la verificación física digital, pero en otras escritas con máquinas de escribir o incluso a mano. Continuamos imprimiendo recibos de percepción de aranceles cuando podrían ser remitidos al correo electrónico que debe suministrar el usuario. Debemos notificar las observaciones, cuando podrían ser enviadas de inmediato y comenzar a correr los plazos a través del correo electrónico constituido en la petición respectiva. Sacamos fotocopias de los DNI, y copias de la impresión de la consulta de RENAPER, o consultas de anotaciones personales, cuando podríamos scanear dichos ejemplares, obtenerlos como archivos y agregarlos directamente en el SURA. Debemos suministrar formularios en papel (pagando transportes, gastos administrativos, etc.) que podrían ser descargados previo pago de un arancel y completados digitalmente. A las novedosas placas Mercosur, en países como Perú, Panamá e Islas Caimán, los datos sobre la propiedad y el modelo del vehículo se almacenan en chips RFID, adheridos a la chapa de identificación del automotor, pudiendo determinar la trazabilidad de los vehículos, leer o escribir información, permitiendo entre otras funciones, que la placa de matrícula sirva para pagar de forma digital peajes.
Sin dudas que la mejora en la atención a las personas que interactúan con el Estado supone incorporar sistemas, procesos y tecnologías que permitan brindar servicios y herramientas de calidad, accesibles e inclusivas para todos.
2.- LA PROTECCION DE DATOS El problema de los medios y las posibilidades que tiene el Estado para garantizar la seguridad individual en el ciberespacio plantea también cuestiones absolutamente novedosas para el derecho. Internet posibilitó una nueva forma descentralizada de gestionar la información: la sociedad en red. La globalización, inicialmente confinada a los procesos económicos mundiales, principalmente aquellos vinculados con los mercados financieros, ha encontrado, a través de internet y el denominado ciberespacio, un vehículo para expandirse y desarrollar verdaderas comunidades globales que escapan a la acción de cualquier Estado-nación. El caso de WikiLeaks mostró una encrucijada para los Estados respecto del viejo dilema entre seguridad y libertad, y ante ello la Asamblea General de las Naciones Unidas dictó en 2013 la Resolución A/68/167 sobre el Derecho a la Privacidad en la Era Digital, en la cual se afirma que las garantías contenidas en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sobre el derecho a la privacidad poseen plena vigencia en el ciberespacio. Luego de esta afirmación, cualquier captura de datos de los ciudadanos por medios electrónicos por parte de los Estados, incluso de metadatos, puede ser considerada una interferencia en el derecho a la privacidad de las personas. Por lo tanto, sólo el cumplimiento de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad podría otorgar una justificación a una acción estatal contra este derecho, y nos coloca en una posición de gran responsabilidad a los registradores por la cantidad de datos que debemos recabar de los usuarios.
3. LA RESPONSABILIDAD DEL ENCARGADO POR LOS CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS NOMINALES (CEN) PROPIOS. Cabe señalar que los Certificados Electrónicos Nominales (CEN), resultan ser una “llave” que otorga la DNRPA a cada registrador para que pueda abrir la “puerta” de ingreso al SURA y aquéllos sitios digitales que le pertenecen, de modo de permitir no sólo identificar que el usuario sea el habilitado para operar los aplicativos, sino también garantizar la legitimidad y
trazabilidad de las operaciones. Conforme lo dispone la CIRCULAR D.N. N° 6 /2022, los Certificados Electrónicos Nominales (CEN), constituyen un instrumento de seguridad que permite identificar a la persona que está operando los aplicativos informáticos que la DNRPA pone a disposición del funcionario público responsable del Seccional, consecuentemente su uso es exclusivo del destinatario, no pudiéndose prestar, transferir, ceder, compartir y menos aún dar a publicidad. Es decir, no se trata de la firma digital prevista en la Ley 25.506, por lo que no resulta equiparable a la firma estampada en el legajo “B”, constituyendo el SURA conforme la disposición D-00245/2012 una herramienta compuesta por un sistema informático de gestión, y no un “legajo digital”. La publicidad que se otorga al inscribir un trámite en el ciberespacio, no resulta ser la publicidad registral que prevé el art. 1 del RJA que textualmente dispone: “La transmisión del dominio de los automotores deberá formalizarse por instrumento público o privado y sólo producirá efectos entre las partes y con relación a terceros desde la fecha de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.”.
4. TURNERO INTELIGENTE Dentro de las innovaciones que llegaron para quedarse, se encuentra el sistema de turnos on-line. Pero dicho “turnero” podría resultar más eficiente, dotándolo de herramientas que permitan por un lado establecer en función de la característica del trámite que pretende realizar el usuario, el tiempo que le demandará al admisor. Actualmente dicho tiempo es lineal de veinte (20) minutos por turno, sin tener en cuenta si se trata de una cédula de autorizado a conducir o una transferencia con inscripción de prenda. Por otro lado, la imposibilidad que posee cada registro seccional de poder otorgar turnos, o administrar conforme la realidad de ése registro la cantidad y continuidad de trámites. Existen diferentes herramientas informáticas que logran “diseñar” un turnero que se denomina “inteligente” y que se adapta a la realidad de cada seccional.
5. FACILIDAD EN LA ROGACIÓN La complejidad de la tramitación en los registros seccionales muchas veces tiene que ver, más con la visión de un trámite originado a la luz de otro paradigma ya superado, donde las herramientas digitales no existían. De allí surgen ciertas formalidades que han devenido innecesarias, y que con el uso de las tecnologías generarían la posibilidad de facilitar la
rogación del usuario, manteniendo la seguridad jurídica, ahorrando tiempo en la gestión y expedición de trámites.
6. INCORPORACION DE NUEVOS TIPOS DE AUTOMOTORES AL SISTEMA (HIBRIDOS, ELECTRICOS, ETC) Las normas que regulan el régimen jurídico del automotor deben prever la incorporación de nuevos tipos de automotores al sistema, así como rediseñar los conceptos que definen cada instituto, por cuanto la realidad va superando constantemente a la norma, generando impedimentos, demoras o perjuicios a los usuarios en la comercialización de estos nuevos tipos, producto del avance tecnológico mencionado.
7.- El LEGAJO “B” ELECTRÓNICO Como consecuencia de las distintas herramientas que podrían implementarse, se encuentra lo que denominaríamos LEGAJO “B” electrónico, es decir, proceder conforme la ley 25506 de firma digital, que en su ARTICULO 11 señala: “Original. Los documentos electrónicos firmados digitalmente y los reproducidos en formato digital firmados digitalmente a partir de originales de primera generación en cualquier otro soporte, también serán considerados originales y poseen, como consecuencia de ello, valor probatorio como tales, según los procedimientos que determine la reglamentación.”. El tiempo que ahorraríamos, el espacio que no requeriríamos, lo innecesario de enviar y recibir legajos de un registro a otro además del costo y la logística, sin contar por sobre todo, la seguridad que ello acarrearía. 8.- APP Y WHATSAPP COMO HERRAMIENTAS La mayoría de los usuarios del servicio registral poseen los llamados teléfonos inteligentes o “Smartphone”, en los cuales pueden realizar infinidad de transacciones con una sola mano. Ello fue considerado oportunamente por el Estado Nacional desarrollando la aplicación “Mi Argentina”, donde podemos llevar nuestro DNI, licencia de conducir, seguro del automotor e incluso las cédulas originales y de autorizados a conducir. Pero dadas las múltiples funciones que posee dicha App, resulta imperioso el desarrollo de una aplicación de la DNRPA, donde se le extienda al usuario otra facilidad para las peticiones y seguimiento de trámites. En dicha App, no sólo el usuario podrá determinar cuál es el RRSS
que le corresponde, sino obtener turno, precargar datos, e incluso con un sistema de alertas, saber cuando el trámite esté terminado, u observado. Asimismo, muchos RRSS han incorporado como herramienta de atención a los usuarios el “whatsapp”, siendo un instrumento que en muchos casos agiliza procedimientos. Esa utilidad la visualizó el Estado Nacional que está desarrollando la instrumentación del “Chatbot del Estado Nacional”, como un programa de Inteligencia Artificial (IA), que pueda automatizar tareas simulando una conversación o chat, con el usuario en lenguaje natural a través de sitios web, aplicaciones móviles o por teléfono móvil; que por su característica conversacional, permite generar una experiencia cercana y personalizada con las personas, facilita la comprensión y la comunicación, y agiliza la capacidad y velocidad de respuesta. Ello también resulta claramente de implementación a la DNRPA, ya que de esta manera, la ciudadanía puede realizar consultas de trámites, solicitar ayuda o ser derivado para la atención específica por parte de distintos RRSS u otros organismos del Estado Nacional, dando así una respuesta ágil y concreta. CONCLUSIÓN La revolución 4.0 impacta cotidianamente en nuestras vidas, y ello puede ser una gran ventaja o una terrible pesadilla. La necesidad de comenzar a pensar, debatir, diseñar e implementar un SISTEMA REGISTRAL 4.0 está en nuestras manos. Está en animarnos a abrir nuestras mentes, a desafiarnos saliendo de nuestra zona de confort, de aquello que creemos que podemos controlar. Prepararnos para subirnos a la ola tecnológica que inexorablemente viene, y no esperar a que nos caiga encima. Tenemos la capacidad técnica, las competencias necesarias y gestionamos permanentemente los recursos para hacerlo. Es hora de VOLVER AL FUTURO, diseñando en el presente el pasado que en el futuro queramos recordar. Debemos comprender que el sistema registral del automotor ya no sólo lo integra la DNRPA a través de los registros seccionales en todo el país, sino que también lo integran indirectamente el RENAPER, SUGIT, SUCERP, las fábricas terminales, los desarmaderos, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los convenios vigentes, entre otros. Lo que sucede por ejemplo con RENAPER nos impacta directamente como registradores, y por eso necesitamos que esta transformación sea en el marco de un sistema, no ya de una individualidad.
Quisimos con esta ponencia reflexionar respecto a cómo es la situación tecnológica actual del sistema registral, realmente estamos organizados y con acceso a la tecnología que demandan las nuevas generaciones? Tenemos resuelto el tema de la brecha digital? Tenemos claras cuáles son nuestras nuevas responsabilidades como encargados de registro? Contamos con las medidas de control y seguridad suficientes para proteger los valiosos datos que manejamos? Podemos hacer nuestro sistema más ágil pero inclusivo? Somos conscientes de que están en fabricación autos voladores?. Es momento de registrar al “DeLorean” (la máquina del tiempo de la película “Volver al futuro), ser su conductor, programarla, y decididamente VOLVER AL FUTURO…